Visibilidad
Amor por la profesión
Colaboración
Fuerza
Compromiso
Visibilidad
Amor por la profesión
Colaboración
Fuerza
Compromiso
SOCIO DE HONOR
SOCIO PROFESIONAL SÉNIOR
Pueden solicitar la adhesión a la Asociación en esta categoría aquellos profesionales cuyos ingresos proceden mayoritariamente de sus honorarios como diseñadores de iluminación por cuenta propia o ajena, independientes de la industria (no pudiendo estar condicionada su libre prescripción por terceros). Deberá́n acreditar un mínimo de 5 años de experiencia o alternativamente 3 años de experiencia y un título de máster o postgrado especializado en diseño de iluminación. Serán necesarias invitaciones o referencias de dos Socios Profesionales Sénior de la APDI.
SOCIO PROFESIONAL JUNIOR
SOCIO ESTUDIANTE
SOCIO CONSULTOR TÉCNICO
SOCIO AFILIADO
CUOTAS ANUALES
La pertenencia a la Asociación se renueva anualmente, entendiéndose prorrogada la adhesión a la misma por iguales períodos sin necesidad de comunicación expresa, excepto que se produzca un cambio de status profesional que pueda implicar un cambio de categoría, en cuyo caso, deberá de comunicarse a la Asociación en el momento en que concurra dicho cambio, con la finalidad de proceder, en su caso, a presentar nueva documentación para su evaluación por parte de Comité de Membresía.
SOCIO DE HONOR – Gratuita
SOCIO PROFESIONAL SÉNIOR – 125€
SOCIO PROFESIONAL JUNIOR – 80€
SOCIO ESTUDIANTE – 25€
SOCIO CONSULTOR TÉCNICO – 80€
SOCIO AFILIADO – 50€
PAGOS
Los pagos de los socios en todas las categorías se realizarán anualmente durante el mes de febrero, tras la emisión del documento de cuota por parte de la APDI y mediante transferencia bancaria a la cuenta de la Asociación. Para los socios admitidos en el transcurso del año, se efectuará al finalizar la inscripción.
BAJA
El socio podrá voluntariamente renunciar a seguir formando parte de la APDI, comunicándolo por escrito a info@a-pdi.org al menos con tres meses de antelación a la fecha en que la baja cause efecto, previa cancelación de todas las obligaciones económicas que tenga contraídas con la APDI, incluida la cuota anual íntegra del año en que causa baja.
También podrá perder su condición de socio si así se establece en una resolución de la Asamblea General tras expediente sancionador por parte de la Junta Directiva.