Modificación de Estatutos y Reglamento
Además de evaluar y aprobar las cuestiones a las que siempre estamos obligados en cada Asamblea General, como son el Acta de la anterior Asamblea, la información contable (con el cierre del ejercicio anterior y el presupuesto del año en curso), en esta ocasión se presentaron por parte de la Junta Directiva diversas modificaciones en nuestros Estatutos y Reglamento que fueron apoyadas por la amplia mayoría de los asistentes y que aquí os resumimos:
- Entre los miembros de la Junta Directiva existen tres funciones establecidas por la Ley reguladora del Derecho de Asociación: Presidencia, Secretaría y Tesorería. Con el fin de facilitar una sucesión ordenada y asegurar el desarrollo de la estrategia, iniciativas, relaciones institucionales y demás funciones de gobierno de la APDI, para acceder a cualquiera de estos tres cargos legales se requerirá primero haber formado parte de la misma Junta Directiva durante un período no inferior a dos años.
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Adaptación de Círculo de Patrocinadores (socios) a CRII (patrocinadores)
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Aclaración de la presencia de Prensa y Coordinación en las reuniones de la Junta Directiva
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Proceso de renovación de los Vocales cada dos años en el caso de misma antigüedad (por orden alterno de apellidos).
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Delegación del desarrollo y ejecución de los objetivos e iniciativas derivadas del Plan Estratégico aprobado en Asamblea y la correspondiente toma de decisiones en los Comités o Grupos de Trabajo que se determinen, reportando a la Junta Directiva su grado de progreso y consecución
Categorías de Socios Consultores Técnicos y Socios Afiliados
Ante el crecimiento exponencial del número de miembros de esta categoría y lo heterogéneo de sus perfiles, se aprueba desdoblarla y limitarla a los Diseñadores de Iluminación que trabajan en Oficinas Técnicas o de Proyectos de fabricantes o distribuidores, o en empresas que ofrecen entre sus servicios la distribución de material. Para esta categoría de Socios Consultores Técnicos se establece un nuevo proceso de ingreso a la APDI tras la evaluación de un dossier de trabajo por parte del Comité de Membresía. Como hasta ahora, estos socios mantienen su derecho a voto, pueden formar parte de la Junta Directiva como vocales y su cuota anual es de 80€.
El resto de perfiles profesionales del sector con vinculación comercial pasarán gradualmente a la categoría de Socios Afiliados, cuyo acceso es directo tras presentar la correspondiente solicitud. En esta categoría continuarán otros perfiles afines o simpatizantes como hasta ahora, y continuarán con las limitaciones existentes en la actualidad: no tienen derecho a voto ni pueden formar parte de la Junta Directiva; su nueva cuota anual será de 50€.